Cuando vayas a comprar tu casa, siempre que pertenezca a un edificio de vecinos o a una urbanización, debes informarte antes de si existen los estatutos de comunidad de vecinos o propietarios. ¡Y léetelos antes de comprar! No vaya a ser que luego te encuentres con normas u obligaciones que sean un inconveniente para tu propia convivencia. Es la mejor manera de conocer la normativa a la que te vas a tener que someter el resto de tu vida… o de la que te mantengas en ese piso.
¿Qué son los estatutos de comunidad de propietarios?
Bien, se tratan de documentos que establecen las normas de régimen interno y convivencia de obligatorio cumplimiento. ¿Has leído bien? O-bli-ga-to-rio.
¿Y quién elabora estos documentos?
Los estatutos los elaboran los propios vecinos. Y para que sean aprobados y darle validez, tiene que haber un acuerdo unánime del total de vecinos de la comunidad, siempre que representen al total de las cuotas de participación. En fin, un piso, un voto.
No suele tener un modelo definitivo, aunque si buscas un poco por Google, encontrarás varios modelos diferentes. Pero generalmente viene a definir esto:
- Uso, cuidado y reparto de gastos de zonas comunes
- Límites de modificación de los elementos arquitectónicos
- Prohibición de actividades dentro del propio piso, que molesten a la convivencia
- Pago de recibos de comunidad
- Derechos de los propietarios
- Derechos de uso de los servicios del edificio
- Normas de gobierno, administración, reparación y mantenimiento del edificio
Para que sea válido hay que tener en cuenta que debe cumplir lo siguiente:
- Estar aprobado por todos los propietarios (esto ya lo hemos dicho… ya)
- Que TODOS los propietarios conozcan estos documentos
- Que esté inscrito en el Registro de la Propiedad
- Que estén de acuerdo con lo establecido en los artículos 5, 6 y 17 de la Ley de Propiedad Horizontal
¿Dónde puedes consultarlos?
Pues lo más cómodo, es que te facilite una copia el presidente de la comunidad o el administrador de la finca (¿todavía no sabes lo que es un administrador de fincas? Te lo contamos todo en nuestro blog). Como tienes el derecho y casi la obligación de conocerlos, para que cumplas con lo escrito, ninguno de los dos te puede negar una copia.
Pero si por lo que sea, ninguno de los dos los tiene a mano, siempre puedes ir al Registro de la Propiedad donde esté tu casa inscrita, y pides una copia simple de la escritura de división horizontal con los estatutos. Esta nota simple la puedes solicitar a través de internet en la web registradores.org, por algo más de 9€.
Si los estatutos no están inscritos en el Registro de la Propiedad, no te preocupes. Solo están obligados a cumplirlos los vecinos que los acordasen en su momento. Así que ya puedes ir montando tu primera fiesta.
¿Se pueden cambiar los estatutos?
Pues sí. Tan solo hay que volver a redactarlos modificados y enviárselos al presidente de la comunidad o al administrador. Así, este debe convocar una junta extraordinaria y una vez, la decisión sea unánime, habremos logrado nuestro objetivo.
Ya solo te queda comprarte tu casa, para que experimentes lo que es la convivencia entre vecinos. Estamos seguros que en nuestro #vibayEntrenúcleos será la mejor. Y si necesitas algo de ayuda con la hipoteca, te ofrecemos hasta el 95%.
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